Así se desprende de una orden ministerial publicada en el Boletín Oficial del Estado y que entró ayer en vigor, por la que se eleva el monto exigido a los visitantes de otros países, ya que hasta ahora se les pedía poseer un monto de 300 euros.
El Gobierno exige a los extranjeros que acrediten un capital que represente en euros el 10 por ciento del salario mínimo interprofesional bruto español, o su equivalente legal en moneda extranjera, multiplicado por el número de días que pretendan permanecer en España y por el número de personas que viajen a su cargo.
Como mínimo, la normativa determina que los inmigrantes deberán demostrar a los funcionarios que poseen un capital similar al 90 por ciento del salario mínimo interprofesional, valorado en 570 euros. Los interesados podrán ratificar que poseen estos bienes en efectivo o con tarjetas de crédito acompañadas del extracto bancario, con cheques certificados o de viaje y con cartas de pago.
Están exentos de estos requisitos los estudiantes, los diplomáticos y quienes tengan una autorización de regreso o presenten un visado que les autorice a residir o trabajar en España.
(24/05/07)