Como consecuencia de las negociaciones entabladas por la UE con Marruecos en materia de aviación se ha llegado a este acuerdo, que es el primero de este tipo suscrito por un socio mediterráneo y el segundo firmado con un tercer país extraeuropeo.
En el texto del acuerdo se incluye las disposiciones económicas relacionadas con los derechos de tráfico establecidos, la concesión de autorizaciones de operación, la aplicación de la normativa vigente en materia de entrada o salida de aeronaves, el derecho de competencia, los derechos y gastos de aduana sobre suministros, las tasas de usuarios y precios, la cooperación mutua y la facilitación de datos estadísticos.
Asimismo, se recogen términos como los referidos a las condiciones de "aplicación para el aeropuerto de Gibraltar y las referidas al territorio marroquí".
El acuerdo Euromediterráneo de Aviación entre la UE y Marruecos se enmarca en la "asociación euromediterránea" mencionada en la Declaración de Barcelona de noviembre de 1995 y en la Política Europea de Vecindad.
(04/07/07)